ESPAÑA MÁS CERCA DE VENEZUELA: EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL INADMITE EL RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL DE IUSTITIA EUROPA
Thu, 01 Aug 2024 11:04:00 +0200Madrid. 01 de agosto de 2024. España más cerca de convertirse en Venezuela. El Tribunal Constitucional ha inadmitido el RECURSO DE AMPARO ELECTORAL presentado por Iustitia Europa que impugnaba las elecciones europeas del 9 de junio de 2024, ante las graves irregularidades cometidas en el proceso electoral del Escrutinio General.
Tras la desestimación previa del Tribunal Supremo, donde ningún otro partido apoyo las pretensiones de Iustitia Europa respecto a la NULIDAD DE PLENO DERECHO del Acuerdo de la Junta Electoral Central número 211/2024 / del 9 de junio de 2024, por vulnerar el artículo 8 de la LO 1/1982 de 5 de mayo, y lesionar los artículos 23 y 24 de la Constitución Española. La NULIDAD DE PLENO DERECHO de los Acuerdos de la Junta Electoral Central de 29 de junio de 2004 y 23 de junio de 2009, por lesionar el art.14 CE (IGUALDAD), art.23 CE (PLURALISMO POLÍTICO) y art. 24 CE (TUTELA JUDICIAL EFECTIVA) así como el art. 47 (ordinales 1 a) y e) y 2) de la Ley 39/2015 y art. 223 y art. 108 LOREG AL PRIVAR DEL RECURSO DE ALZADA en las elecciones europeas, vulnerando el art.9 de la CE de la SEGURIDAD JURÍDICA. La NULIDAD DE PLENO DERECHO de los Escrutinios Generales de las Juntas Electorales Provinciales de Madrid, Bizkaia, Guipúzcoa, Almería, Málaga, Cádiz, Baleares, Tenerife, Tarragona y Sevilla y en consecuencia la NULIDAD DE PLENO DERECHO DEL ACUERDO DE PROCLAMACIÓN DE ELECTOS al Parlamento Europeo, Acuerdo de la Junta Electoral central del 27 de junio de 2024, que ha procedido a la proclamación de candidatos electos al Parlamento Europeo en las elecciones celebradas el 9 de junio de 2024. (Núm. 156 viernes 28 de junio de 2024 Sec. III. Pág. 74719). La NULIDAD DE PLENO DERECHO de la expulsión de los apoderados/interventores de Iustitia Europa, del escrutinio general/cera de la Junta Electoral Provincial de Madrid y la Junta Electoral Provincial de Guipúzcoa (día 14 de junio de 2024 ) , por vulnerar el art.23 y 24 de la Constitución Española, así como el art. 77,91, 95 y 106 LOREG , 8 de la LO 1/1982 de 5 de mayo, y art. 47 ( ordinal 1 y 2 ) de la Ley 39/2017 al afectar a sus derechos fundamentales y los del partido político Iustitia Europa ahora el TRIBUNAL CONSTITUCIONAL INADMITE SIN ENTRAR A VALORAR EL FONDO DEL ASUNTO.
Iustitia Europa anuncia que acudirá en al TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS, por violaciones sistemáticas del CONVENIO DE ROMA, por parte del Tribunal Constitucional, que ha decidido, no entrar a valorar las vulneraciones que eran señaladas en la demanda de amparo respecto a la vulneracion del DERECHO A LA IGUALDAD (ART.14.CE) , PLURALISMO POLÍTICO (ART. 23CE) Y TUTELA JUDICIAL EFECTIVA ( ART.24CE).
