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LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PODRÁN LIMITAR DERECHOS FUNDAMENTALES

Iustitia Europa Sun, 18 Aug 2024 10:05:00 +0200
18 de agosto de 2024

¿LAS CCAA LIMITARÁN DERECHOS FUNDAMENTALES?

Algunos de nosotros, observamos con estupor y tristeza, como la Justicia se ha olvidado el rigor de la Ley, y en concreto del Test de Proporcionalidad, que dice que las medidas que limiten derechos fundamentales, deben ser, por este orden, idóneas, necesarias y proporcionales y estar bajo el amparo, precisamente, de alguno de los estados de alarma, excepción o sitio.

No lo ve así el Tribunal Supremo, que en dos recientes sentencias ( STS 3883/2024 - y STS 3883/2024 - ECLI:ES:TS:2024:3883), acaba de alisar el terreno para que las CCAA puedan limitar DDFF en sus territorios y tumban las precedentes sentencias del TSJ de Aragón respecto de la nulidad del Certificado Covid-19 de la UE. ??Los hechos:

1.- Durante la crisis del Covid-19, y después de los estados de alarma las CCAA se lanzaron a limitar DDFF exigiendo el Pasaporte Covid-19. Incluso en algunos lugares, como en las Baleares, a trabajadores y deportistas, convirtiendo la práctica totalidad de España, en una cárcel de coacción. En Aragón, el Tribunal Superior de Justicia, detuvo en varias ocasiones el Pasaporte covid-19, (gracias al trabajo de Liberum y de sus abogados en aquel tiempo, Luis María Pardo, Fernando Valero y Alexis Aneas) declarando en varias sentencias, que dicha medida era NULA DE PLENO DERECHO, porque no superaba LA IDONEIDAD.

2.- Tras las elecciones autonómicas del mayo de 2023, la Directora de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Aragón, recurrió las sentencias del TSJ, ante el Tribunal Supremo porque la sentencia de instancia podria apartarse de una doctrina jurisprudencial reiterada (…) y que declaran que el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, puede utilizarse como fundamento normativo para la adopción de medidas limitativas de derechos fundamentales. Al alcanzar VOX, la Consejería de Justicia de Aragón, no hizo el más mínimo gesto para desistir de los recursos de casación y habilitó, ante silencio, el pronunciamiento del Tribunal Supremo, y donde viene habilitado de facto a las CCAA que puedan limitar DDFF como la libertad de circulación, individual , ideológica…, con un simple decreto. Algo INAUDITO porque «ante la emergencia constitucional, no puede valer todo»

3.- Las sentencias entraron a valorar "si las autoridades sanitarias autonómicas pueden adoptar medidas sanitarias que incidan sobre la libertad en el marco de una crisis sanitaria, con independencia de la previa declaración de cualesquiera de los estados excepcionales previstos en el artículo 116 de la Constitución Española."

Y la consecuencia es:

-Hemos sostenido que la restricción de derechos fundamentales por razones sanitarias, ahora por razón de la pandemia del COVID19, no exige necesariamente la cobertura del estado de alarma". Y añadimos que "el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986 ofrece cobertura, pero hemos hecho depender su idoneidad no tanto de la intensidad de las medidas adoptadas a su amparo, como que estén sustancialmente justificadas según las circunstancias del caso y siempre que tal justificación esté a la altura de la intensidad y la extensión de la restricción de que se trate: esto es, debe justificarse que son medidas indispensables para salvaguardar la salud pública. En síntesis. LAS CCAA pueden restringir DDFF.

"tal exigencia de exhibición de documentación ha sido implantada, en el seno de la Unión Europea, con carácter general en el Reglamento (UE) 2021/953, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2021, relativo a un marco para la expedición, verificación y aceptación de certificados COVID-19 inter operables de vacunación, de prueba diagnóstica y de recuperación (certificado Covid digital de la UE) a fin de facilitar la libre circulación durante la pandemia Covid-19.". NO. No se implementó LA EXIGENCIA del Pasaporte Covid 19 en la UE, dicho reglamento era exclusivamente para la EXPEDICIÓN, no para la IMPLEMENTACIÓN a nivel nacional, para la coacción a la vacunación, convirtiéndose en el método más eficaz para la PROPAGACIÓN DEL VIRUS.
-. Pero para la determinación de la idoneidad y necesidad de la medida es bastante que la misma resulte eficaz, apropiada y proporcionada, para alcanzar la finalidad de protección de la vida y la salud, que resulte compatible con la realización de la actividad. (…) El beneficio que proporciona la medida, respecto de la reducción significativa de los contagios, es muy superior al sacrificio que comporta la exigencia de presentar la documentación para el acceso al local.
No, el Pasaporte Covid se demostró inidóneo e ineficaz en toda la UE, y esto está FUERA DE TODO DEBATE, porque las personas vacunadas transmitían el virus, en consecuencia, no era eficaz, por consiguiente era NULA DE PLENO DERECHO la medida, pero el TS, habilitado por la inacción política de la Consejería de Justicia de Aragón (Vox desde mayo del 2023), ha considerado que las CCAA pueden restringirnos DDFF.

«El mayor peligro inherente a cualquier gobierno de crisis es que hombres egoístas puedan pervertirlo para sus fines» decía Karl Loewenstein. Los Gobiernos que los manejan, pueden aprovechar el pánico social para imponer políticas liberticidas«Antonio Jose Sánchez Sáez. Las Restricciones de Derechos y Libertades con ocasión del COVID-19. Ed. Camares 2022.

Juzguen ustedes mismos, el panorama decadente del sistema caduco del 78, con un sistema de partidos, que copan desde el CGPJ hasta la Junta Electoral Central, y todos los organismos del Estado. Necesitamos una profunda reforma del sistema, porque tal y como lo conocemos, es un fraude a la democracia. Lamentablemente los nuevos partidos han servido para ser una APARIENCIA DE DISIDENCIA para sostener a uno de los dos partidos hegemónicos, o peor aún, han servido para que el PP pueda subir en votos (el caso de Podemos) o sirven para que Sánchez utilice el recurso de la ultraderecha (en el caso de Vox). Los nuevos partidos que venían a regenerar la política, en el camino, han el aro de la PARTITOCRACIA sido untados por los privilegios que el 78 da a sus políticos que pasan por el aro de la PARTITOCRACIA.

Por todo ello, organizamos el movimiento político de IUSTITIA EUROPA, que busca cambiar el sistema, y que sobre todo, llevará a las instituciones como el parlamento, LA VOZ de todos los que pensamos igual, pero que no tenemos a ningún representante que lo diga. Desde el principio hemos creído que es importante participar en la política no como un partido más sino como un ANTIPARTIDO, que no tenga representación para pactar que partido de uno u otro color gobierne, sino que tenga como fin cambiar el sistema, regenerar la política, y, por tanto, regenerar la sociedad más allá de las ideologías.

Nuestra propuesta política es superar esa “DEMOGRESCA” en que nos quieren los partidos, enfrentándonos unos contra otros, usando la falsa batalla ideológica, para pasar a consensos necesarios, desideologizados, para cambiar el régimen del 78 que ya está muy podrido hasta sus cimientos.

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