AMPLIACIÓN DE QUERELLA contra el Juez de la Audiencia Nacional, por supuesto Delito de Prevaricación Judicial, por vulneración del art. 267 LOPJ
Mon, 25 Mar 2024 16:04:00 +0100
La formación política IUSTITIA EUROPA, interpuso ayer 24 de marzo de 2024, QUERELLA en el TRIBUNAL SUPREMO, contra el Magistrado SANTIAGO PEDRAZ GÓMEZ, por el supuesto DELITO DE PREVARICACIÓN JUDICIAL, al ordenar el Juez, el cierre en ESPAÑA, de la red social TELEGRAM, mediante Auto del 22 de marzo de 2024, en las Diligencias Previas 52/2023 seguidas ante el Juzgado Central de Instrucción número cinco de la Audiencia Nacional.
Hoy, primeramente, mediante una PROVIDENCIA, ha suspendido los efectos jurídicos del Auto del 22 de marzo de 2024, requiriendo un informe a la Comisaria General de Información, que en tiempo récord ha llegado a la Audiencia Nacional para posteriormente emitir un Auto, donde suspende de manera definitiva el cierre de la red social TELEGRAM.
Consideramos que debe abrirse una investigación por parte de la SALA DE LO PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO antes las tres resoluciones judiciales del Juez Pedraz, puesto que el primer Auto, suponía una censura hacia los usuarios de TELEGRAM, abiertamente desproporcionada, ya que nos encontramos ante una limitación GRAVE, SEVERA, y SIN PRECEDENTES de derechos fundamentales consagrados en tanto en nuestra Constitución Española como en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
En lo que respecta a las dos resoluciones conocidas hoy, vienen a modificar sustancialmente el Auto de cierre de TELEGRAM, lo que vulnera el art. 267 de la LOPJ, << 1. Los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan>> por lo que podríamos encontrarnos ante un SEGUNDO SUPUESTO DELITO DE PREVARICACIÓN JUDICIAL, al dictarla formación política IUSTITIA EUROPA, ha interpuesto AMPLIACIÓN DE QUERELLA contra el Juez de la Audiencia Nacional, SANTIAGO PEDRAZ GÓMEZ, por supuesto Delito de Prevaricación Judicial al ordenar el cierre de TELEGRAM en España y posteriormente variar la resolución judicial, primeramente, mediante Providencia y posteriormente mediante Auto lo cual podría vulnerar el art. 267 LOPJ
estas resoluciones, para modificar la del viernes 22 de marzo de 2024, expresamente prohibido por la Ley Orgánica del Poder Judicial.
¿Quién se hará cargo de los perjuicios causados derivados de la medida?
Iustitia Europa ha tenido que modificar el lanzamiento de su campaña de comunicación en la red social TELEGRAM, ante el cierre inminente anunciado por el Auto del Magistrado que cabe recordar, dio TRES HORAS, a las empresas de Telecomunicaciones para cerrar la red social, teniendo que activar y desplegar un Equipo humano la formación política para que la campaña llegase a los más de 12.000 simpatizantes de la formación, lo que ha vulnerado, al menos indiciariamente, el derecho al pluralismo político y asociativo.
A nuestro juicio hay una absoluta ausencia de la debida ponderación, y desproporción, entre los derechos que han colisionado, los relativos a la propiedad (intelectual) y los derechos a “expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción” (art. 20 CE), y “ a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión”, también previsto en el art. 20 de nuestra Constitución.
Desde Iustitia Europa consideramos que es extremadamente grave que quienes tutelan las libertades públicas limiten el derecho fundamental a la libertad de expresión o el de la libertad de información o incluso el pluralismo político, hechos todos ellos que han motivado tanto la interposición de la querella del 24 de marzo de 2024, como las sucesivas ampliaciones formuladas al Tribunal Supremo en el día de la fecha a fin de que se investiguen los hechos denunciados por si fueran constitutivos del DELITO DE PREVARICACIÓN JUDICIAL.
Oficina de Prensa IUSTITIA EUROPA
