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EL TRIBUNAL POLÍTICO CONSTITUCIONAL ESPAÑOL

Iustitia Europa Wed, 06 Nov 2024 08:20:00 +0100
06 de noviembre de 2024

Desde Iustitia Europa denunciamos, con absoluta indignación, este inesperado "baile de principios" del Tribunal Politico Constitucional, que parece haber decidido aplicar un criterio de doble rasero al redefinir lo que entienden por restricción y suspensión de derechos.

?En 2021, el mismo Tribunal que hoy nos "enseña" sobre proporcionalidad defendía que la intensidad de las medidas impuestas durante el estado de alarma equivalía, de facto, a una suspensión de derechos fundamentales.

!?Sin embargo, ahora, con una simple vuelta de tuerca retórica, nos explican que la intensidad no es determinante para considerar si se trata de una suspensión o una restricción.

!?Este cambio no solo evidencia una preocupante falta de coherencia en la máxima institución garante de nuestros derechos fundamentales, sino que legitima un terreno pantanoso en el que, aparentemente, el poder político puede inmiscuirse en la vida de los ciudadanos sin más límite que el arbitrio de la interpretación de turno del Constitucional.

!?Nos preguntamos en qué lugar deja esto a las garantías constitucionales, cada vez más flexibles y menos exigentes, especialmente cuando se trata de justificar cualquier tipo de intervención estatal en nombre de la "salud pública" o cualquier otra razón conveniente en el contexto político del momento.

Luis Maria Pardo ha afirmado que: “Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional se ha ganado a pulso el título de ‘campeón de la flexibilidad política constitucional’. Han pasado de ser los guardianes de los derechos fundamentales a convertirse en auténticos contorsionistas jurídicos, capaces de estirarse y encogerse según lo dicte el guion político. Han redefinido, de un plumazo, conceptos básicos de suspensión y restricción sin siquiera ruborizarse.”

Este cambio nos deja una lección: la Constitución es maleable, como el barro en manos de un tribunal decidido a moldearla según el viento político del momento. Porque claro, cuando se trata de salud pública, ¿quién necesita esos y molestos derechos fundamentales? TODO VALE. Lo que hoy es restricción, mañana puede ser suspensión, y pasado… quién sabe, puede que ni se llame derecho.

Superar la Constitución del 78 es un deber para el reinicio moral, ético y espiritual de España.

EL TRIBUNAL POLÍTICO CONSTITUCIONAL ESPAÑOL
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