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QUIEREN MULTAR A IUSTITIA EUROPA POR DEFENDER LA LIBERTAD DE INFORMACIÓN

Iustitia Europa Tue, 01 Oct 2024 10:01:00 +0200
01 de octubre de 2024

INTERPOSICIÓN ANTE EL TS DE RECURSO DE SÚPLICA POR EL CIERRE DE TELEGRAM

  • Iustitia Europa solicita la revocación del Auto que califica de "descabellada" o mediante “fórceps” la querella por prevaricación judicial, respecto del cierre de Telegram, dictado por la Audiencia Nacional.
  • Se denuncia la vulneración de la tutela judicial efectiva por las expresiones del auto de Inadmisión del Tribunal Supremo.

Madrid, 1 de octubre de 2024. Iustitia Europa , movimiento político que trabaja en defensa del Estado de Derecho, dedicada a la vigilancia y promoción de la justicia en la Unión Europea y que ejerce la Acusación Popular en los casos Begoña Gómez, Koldo y David Sánchez, ha presentado Recurso de Súplica ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en respuesta al Auto de Inadmisión núm. 21036/2024 del 17 de septiembre de 2024.  En el recurso se argumenta que el auto, que inadmite una querella por prevaricación judicial contra el magistrado de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, por el cierre de Telegram y que vulnera gravemente derechos fundamentales, además utiliza términos inapropiados para una resolución judicial. El Recurso de Súplica presentado destaca varios aspectos cruciales que justifican la revisión del Auto de Inadmisión:

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: Se argumenta que los términos empleados en el auto de inadmisión, como "DESCABELLADO", "DESVARÍO", y expresiones exclamativas  o signos como ¡ ! o "¡DOS!" así como  el uso de la metáfora "COMO CON FÓRCEPS", son juicios de valor subjetivos que no cumplen con los estándares de claridad, objetividad ni imparcialidad requeridos por la ley. Estos términos comprometen la seriedad y mesura que deben prevalecer en las resoluciones judiciales, generando una situación de indefensión para Iustitia Europa. Según el recurso, tales expresiones vulneran la tutela judicial efectiva consagrada en el artículo 24 de la Constitución Española.

Nulidad de la apertura de la pieza separada: Además, el recurso cuestiona la apertura de una pieza separada por supuesto abuso procesal o mala fe, argumentando que no se especifican infracciones concretas que justifiquen tal medida. Se alega en el recurso, que la querella presentada por IUSTITIA EUROPA tiene un fundamento jurídico sólido y, por tanto, no puede ser calificada como temeraria o constitutiva de mala fe. Es más el Fiscal en su Informe, no hizo mención alguna a dicha temeridad o mala fe y además, el propio Tribunal manifiesta en el auto que el escrito podría ser considerado incluso como un recurso “EXCELENTE” lo que hace generar una patente indefensión a un proceso con todas las garantías. La apertura de la pieza separada se considera una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, ya que se ha realizado sin una motivación suficiente que explique claramente por qué se ha iniciado tal procedimiento. El recurso solicita que se declare la nulidad de la pieza separada.

El cierre de Telegram supuso una evidente alarma social entre el 22 de marzo y el 25 de marzo de 2024. La red social es una plataforma de mensajería y comunicación que cuenta con millones de usuarios, y el auto ordenando el cierre temporal afectó directamente los derechos de libertad de expresión e información de los ciudadanos generando una afectación indiscriminada de derechos fundamentales que fueron denunciados por Iustitia Europa. El Magistrado de la Audiencia Nacional, primero dictó un Auto el 22 de marzo de 2024 donde ordenó el cierre de la red social que utilizan en España más de 8.000.000 millones de personas, para tres días más tarde, modificar la resolución judicial y afirmar en el segundo auto, que la medida era no proporcional y excesiva.  Esto es un punto clave porque la medida fue adoptada como una media cautelar abiertamente desproporcionada.

El recurso señala que el cierre de una plataforma tan masiva y de amplio uso como Telegram, que es utilizada tanto para fines privados como profesionales, constituyó una medida injusta y excesiva que podría contener indicios racionales de la supuesta comisión del delito de prevaricación judicial. El recurso subraya la importancia de mantener el rigor y la mesura en las resoluciones judiciales, y recalca que el uso de términos subjetivos en un auto compromete la imparcialidad y genera situación de indefensión a las partes.

Por todo lo anterior, Iustitia Europa solicita la revocación del Auto de Inadmisión núm. 21036/2024 y que se admita a trámite la querella por prevaricación judicial contra el Magistrado de la Audiencia Nacional, además de que se declare la nulidad de la pieza separada abierta por supuesto abuso procesal.

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